jueves, 20 de mayo de 2010

Cómo evitar el saqueo inglés en el Mar Argentino

Desde Londres, los especuladores y los accionistas de Desire y Rockhopper recorren a menudo las noticias respecto de las políticas británicas y argentinas para conocer las fluctuaciones de los valores de las acciones. Ellos saben que sus empresas están cometiendo ilícitos, pero si aún compran sus acciones es porque otorgan una probabilidad muy baja de que Argentina pueda enjuiciarlas, y por tal motivo, ese delito se convierte en una fuente real de riqueza para ellos.

Por otro lado y desde Buenos Aires, la diplomacia argentina se ha esforzado en realizar reclamos formales y lograr adhesión y pronunciamiento de las Naciones del Sur en los diferentes foros regionales. Esa política es importante para impulsar la discusión en torno a la soberanía de Malvinas; pero es oportuno hacer una autocrítica de políticas más efectivas que debería tomar nuestra Cancillería.

Antes bien, hagamos una valoración económica de las medidas que ha tomado Argentina y el Reino Unido. El cuadro siguiente es la cotización de la empresa Desire en la Bolsa de Londres.

Fuente: Sitio Oficial de la empresa Desire Petroleum PLC

En el cuadro siguiente marcamos algunas de las medidas diplomáticas que más han afectado a las finanzas de Desire; cabe mencionar que la cotización de Rockhopper sigue la misma silueta.

Fuente: Desire Petroleum, localización, economía y ¿Riesgo Político?. Dic-2009. Rodriguez H.

Lo anterior demuestra que la diplomacia de ambos países impacta sobre las finanzas de estas empresas, pero también demuestra que las medidas que viene tomando Inglaterra son más efectivas.

Retomando la auto-crítica que debemos hacer. Nosotros, los argentinos, tenemos la responsabilidad de que estas empresas estén operando en Mar Argentino y podemos, sin mediar con Reino Unido, resolver el conflicto por la explotación ilegal del petróleo de nuestro mar. Existen más de 10 puntos básicos que están a nuestro alcance, pero aquí solo me concentraré en aquellos que son más factibles y que demandan menos recursos. Básicamente, solo demandan de voluntad política.

Las empresas Desire, Rockhopper y otras sienten -o al menos lo siente sus accionistas-, seguridad jurídica en esa explotación/exploración ilegal. Aquí es donde deberíamos pegar. Ellos hacen pie para explayar sus pretensiones en dos acuerdos internacionales que Argentina mantiene vigentes y en la ausencia de una denuncia ante cortes internacionales que la Argentina no ha efectuado (respecto de la cual nos explayamos en el inciso 3º siguiente y en “Lo que Enarsa, el Poder Ejecutivo y la Secretaría de Energía deben denunciar públicamente y no denuncian” Rodriguez H. Febrero 2010).

1ro. El acuerdo (Tratado Internacional) de Madrid, que otorga a Inglaterra jurisdicción de controlar los movimientos de las Fuerzas Armadas Argentinas dentro de las siguientes coordenadas: 46 S 63 W, 50 S 63 W, 50 S 64 W, 53 S 64 W, 53 S 63 W, 60 S 63 W, 60 S 20 W, 46 S 20 W, 46 S 63 W. Además sostiene la Promoción y Protección de Inversiones (pto 12), lo que permite a las petroleras primero explorar y segundo despreocuparse por estar violando jurisdicción Argentina.

2do. El Tratado de Londres que se explaya sobre la Promoción y Protección de inversiones inglesas en la zona de soberanía en disputa, haciendo prohibitiva a la Argentina la expropiación de esas empresas. Esto, cabe mencionar, incrementa la seguridad jurídica de empresas que operan ilegalmente en nuestro mar.

3ro. De acuerdo a la Ley de Hidrocarburos de la Nación, la Ley de creación de Enarsa, la disposición transitoria primera de la Constitución Argentina y la resolución 407/2007 de la Secretaría de Energía de la Nación, la autoridad de aplicación (en todos casos el Poder Ejecutivo, en un principio delegado en la Sec de Energía y desde el 2004 a ENARSA) es la única facultada a otorgar licencias de exploración y explotación petrolera en Mar Argentino y para denunciar judicialmente a las empresas que no respecten estas disposiciones.

Los anteriores tres puntos son fundamentales, urgentes y precisos y debemos tomarlos en cuenta. Debemos denunciar el Tratado de Madrid porque es inconstitucional (nunca fue aprobado por el Congreso), porque fue violado reiteradamente por el Reino Unido y porque permite a las petroleras operar libremente. Debemos denunciar asimismo el tratado de Londres porque fomenta la actividad petrolera en la zona de soberanía en disputa y pone fuertes trabas a las medidas que pueda tomar el Gobierno Argentino para defender nuestro territorio. Y, las autoridades de Enarsa, de la Secretaría de Energía y el Poder Ejecutivo de la Nación deben por su parte denunciar judicialmente a las empresas que operan ilegalmente en nuestro mar, porque es el mandato constitucional, parlamentario y moral que pueden hacer cumplir.

Es importante reiterar que estas tres medidas son suficientes para evitar el saqueo inglés, aunque resulten insuficientes para recuperar Malvinas. Constituyen sin embargo una etapa fundamental en la marcha hacia ese logro. Además, esas medidas están bajo nuestra orbita de posibilidades actualmente y no requieren del consenso con otros Estados: solo es necesaria nuestra voluntad política para ponerlos en marcha. Por eso es importante que quienes conducen nuestro país tengan presentes estas medidas.

Esperando haber transmitido claramente el mensaje, ¡SI QUEREMOS EVITAR EL SAQUEO INGLÉS, PODEMOS HACERLO!

Los saluda atentamente.

Hugo Rodriguez - Director del Grupo de Estudios estratégicos Argentinos


Fuentes:

Desire Petroleum, localización, economía y ¿Riesgo Político?. Dic-2009. Rodriguez H.

Lo que Enarsa, la Secretaría de Energía y el poder ejecutivo deben denunciar públicamente y no denuncian en relación al petróleo de Malvinas. Feb-2010 Rodriguez H.

Sitio de internet oficial de Desire Petroleum

Proyectos de declaración y resolución de la Honorable Cámara de Diputados

Constitución Nacional

Ley de Hidrocarburos

Ley de ENARSA

Resolución 407/2007

Manifiesto Nacional por Malvinas. Rodriguez H. y Mendiondo P. 2010